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Medidas de protección legal. Derechos de las personas en relación a la toma de decisiones anticipadas
Categorías: Divulgación
Etiquetas: derechos , trabajo social , autotutela , protección legal
ELENA RAMOS NIETO | TRABAJADORA SOCIAL El ordenamiento jurídico español establece diferentes fórmulas legales para garantizar que se cumpla la voluntad de una persona, que previsiblemente pudiera carecer de capacidad para expresarla. En el ámbito de las demencias, cobra especial importancia la posibilidad de activar estos recursos jurídicos en fases iniciales de la enfermedad (cuando la persona aún conserva la capacidad de tomar decisiones) con el objetivo de poder planificar un futuro. El enfermo puede administrar su persona y patrimonio mediante un consentimiento válido, en el que expresa su voluntad de forma anticipada a un acto que se ejecutará y tendrá sus efectos en el futuro. Medidas de protección legal Poderes preventivos: documento notarial que permite a cualquier persona designar a otra para que actúe en su nombre y la represente, cuando sufra una merma de capacidades y no pudiera decidir por sí mismo. El alcance del poder preventivo puede ser tan amplio como así lo configure la persona que lo otorga, pudiendo ser de contenido general o para actos concretos, abarcando tanto a aspectos personales como patrimoniales. Autotutela: es la posibilidad que tiene una persona de asignar a su propio tutor en previsión de ser incapacitada judicialmente en el futuro. La formalización se llevará mediante documento público notarial, donde se pueden disponer cómo quiere que sea ejercida la tutela, tanto en lo que se refiere al cuidado de su persona como a la administración de sus bienes. Autoincapacitación: es el derecho que tiene la persona a promover su propia incapacidad. El procedimiento para el ejercicio es el mismo que el de la incapacitación. Declaración de voluntades anticipadas (Instrucciones previas o testamento vital): es un documento a través del cual las personas con plena capacidad de obrar deciden acerca de los tratamientos y cuidados de salud que desean o no recibir, y sobre el destino de su cuerpo o sus órganos, cuando se encuentren en una situación en la que no puedan expresar su voluntad. Para que sea operativo y eficaz, el documento debe formalizarse ante notario o bien ser inscrito en el Registro competente (Consultar la legislación propia de cada Comunidad Autónoma). Descargar folleto del artículo en PDF
martes, 08 noviembre 2022 10:27
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jueves, 17 noviembre 2022 18:15
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