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07 - 06 - 2023

RESIDEO: estudio de las demencias en el ámbito residencial

Dirección del proyecto | Elena Ramos Nieto, trabajadora social en el CRE Alzheimer El «Proyecto Resideo» nace con la intención de acercarse a la realidad de las demencias desde la perspectiva de los profesionales que desempeñan su labor en centros residenciales. Sabemos que la atención a las personas con demencia, en algunas ocasiones, resulta difícil de abordar. Por esta razón, Resideo pretende conocer y explorar esas situaciones a las que se enfrentan los equipos profesionales que trabajan diariamente en los servicios residenciales.

asteazkena, 07 ekaina 2023 08:00

Confidencialidad y secreto profesional en el contexto de equipos multiprofesionales
03 - 10 - 2019

Confidencialidad y secreto profesional en el contexto de equipos multiprofesionales

Categorías: Opinión

RAFAEL SÁNCHEZ VÁZQUEZ DIRECTOR MÉDICO COORDINADOR DEL CENTRO DE REFERENCIA ESTATAL DE ATENCIÓN A PERSONAS CON ENFERMEDAD DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS DEL IMSERSO Hace algún tiempo, una médico de este Centro planteó como problema de confidencialidad hablar en las reuniones de equipo sobre aspectos clínicos de los enfermos ante profesionales “no sanitarios”. Entendía como profesional sanitario únicamente aquellos con formación en Ciencias de la Salud, es decir, en nuestro caso médicos, enfermeros y auxiliares de enfermería. Y lo planteaba en el contexto de las reuniones semanales de Equipo Interprofesional, en el seno de las cuales se debaten los casos clínicos (siempre desde una perspectiva holística bio-psico-social), y a la que asisten todos los profesionales del Centro. La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, en su Título I, Artículos 2 y 6, establece y considera a los Licenciados sanitarios que relaciona: médicos, farmacéuticos, dentistas y veterinarios, y amplía la consideración (Artículo 19.1) a otros especialistas titulados en Ciencias de la Salud, tales como psicólogos, químicos, biólogos, bioquímicos y otros. El Artículo 3 reconoce profesionales del área sanitaria de formación profesional. En el Artículo 7 especifica qué Diplomados tienen la consideración de profesionales sanitarios: enfermeros, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, podólogos, ópticos-optometristas, logopedas, dietistas-nutricionistas. Y el Artículo 9, que habla de Relaciones interprofesionales y trabajo en equipo, expresa que son necesarias la cooperación multidisciplinaria, la integración de los procesos y la continuidad asistencial, y que un equipo debe actuar de forma jerarquizada y colegiada. Según esto, casi todos los profesionales del Centro tienen la consideración de profesional sanitario. Únicamente quedarían fuera de este encuadre los educadores sociales, ampliamente ligados, por otra parte, a la promoción de la salud. A este respecto, como precedente, el Gobierno de Cantabria publicó la Orden SAN/62/2017, por la que crea la categoría de “Técnico Medio – Educador Social” en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud. Este acontecimiento hizo plantear una fundamentación teórica que justifique la presencia de estos profesionales en Atención Primaria y Atención Especializada. Otros profesionales tampoco categorizados en la citada Ley son los trabajadores sociales, si bien, estos están profundamente arraigados tanto en Primaria como en Especializada, formando parte de ambas de forma consustancial. Por tanto, podríamos concluir que todos los profesionales de intervención en nuestro Centro tienen la categoría de profesión sanitaria. Y, entrando en otro tema, todos están obligados, merced a los Códigos de Deontología de su profesión, a guardar confidencialidad y secreto profesional de todo aquello que conozcan de un enfermo a través de su praxis clínica. Por no ser excesivamente prolijo, solo citaré dos: 1. El Código de Deontología Médica (2011, actualmente en revisión), el cual desarrolla en su Capítulo V, Artículos 27 al 30 y 62, los aspectos relacionados con el deber de guardar secreto, y de cooperar con la Justicia. 2. El Código Deontológico de Psicología (1987, 2010, 2014) recoge el derecho del cliente a su propia intimidad, el deber de secreto y distintas situaciones y escenarios en los que puede encontrarse el psicólogo en su práctica profesional (Artículos 39 al 49). Existe un Metacódigo de la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA, 2005) que recoge también la Privacidad y confidencialidad en su Artículo 3.1.2. Las profesiones sanitarias del área de formación profesional, en nuestro caso técnicos en cuidados auxiliares de enfermería, que no tienen Código propio, se encuentran obligados por el de la profesión sanitaria a la que están adscritos, en nuestro caso, el Código Deontológico de la Enfermería Española (1989). Del Río y Pastor (2018) citan a Criado del Río y Seoane Pardo (1999): “En cuanto a los sanitarios, los profesionales implicados en el proceso terapéutico del paciente están sometidos al secreto profesional compartido” con las mismas obligaciones y límites. También se refieren a los no sanitarios, los cuales no deberían tener acceso a la información clínica, y aunque necesitaran conocer algún dato de filiación personal para citas, documentos de procedimiento administrativo, listados de ocupación, etc. “estarían igualmente sujetos al secreto derivado”. El resto de personal subalterno o de servicios no necesita conocer datos de los pacientes, por lo que suele encriptarse o anonimizarse la información de estos, tanto para dietas, cocina, transporte, lavandería, etc. A pesar de esto, este personal también firma al ser contratados un Compromiso de Confidencialidad igual que los profesionales. Y, aparte de lo ya expresado, la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, actualizada a 25 de junio de 2019, se constituye como garante jurídico y legal de la protección amplia e inespecífica (no solo de aspectos de salud) de los datos propios. Como conclusión de estas reflexiones, y dejando aparte las consideraciones éticas y legales expuestas, no podemos dejar de pensar en ningún momento, que nuestro Centro se dedica en exclusiva al tratamiento e investigación (y, por ende, a extensión del conocimiento) de personas que sufren demencia, personas generalmente de edad avanzada, muy vulnerables, y que exigen la máxima protección y cuidado, compasivo y empático, por parte de todo el personal del Centro.

ostirala, 04 azaroa 2022 15:41

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